CORONAVIRUS: Comunicado del Comité de Emergencia Zapala (02-04-2020 22:00 hs)

Al momento de este informe no se registran nuevos casos positivos, y tampoco casos sospechosos en el Hospital Zapala.

Parte Médico: Evolución Casos Positivos Coronavirus COVID-19

Paciente, hombre de 69 años internado en Hospital Zapala en cuidados críticos con requerimientos de asistencia respiratoria mecánica y hemodiálisis.

Paciente, hombre de 43 años internado en Hospital Zapala con requerimientos de oxigenoterapia en buen estado general.

Paciente, mujer de 69 años internado en Hospital Zapala con requerimientos de oxigenoterapia en buen estado general.

COMITÉ DE EMERGENCIA PROVINCIAL

Al momento de este reporte, se notificaron tres (3) nuevos casos confirmados de Coronavirus (COVID-19) de la provincia del Neuquén: una mujer de 35 años y dos niños de 7 y 10 años, todos oriundos de la capital neuquina y contactos estrechos de un caso confirmado. Además, se descartaron veinticinco (25) casos sospechosos.

El Ministerio de Salud del Neuquén ha actualizado la definición de caso sospechoso a: toda persona que presente fiebre y uno o más síntomas respiratorios (odinofagia, tos, dificultad respiratoria) sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica, y que dentro de los 14 días previos al inicio de los síntomas haya estado en contacto con un caso probable o confirmado de COVID-19 o tenga un historial de viaje al exterior, CABA o de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Santa Fe y Tierra del Fuego. Además, todo personal de salud que presente fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, odinofagia, dificultad respiratoria).

Dada la existencia de transmisión comunitaria en algunas localidades de nuestro país, a partir del 27 de marzo de 2020, las personas que ingresen procedentes de otros países; de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de las provincias de Buenos Aires; Córdoba; Chaco y Santa Fe, deberán realizar el aislamiento preventivo por 14 días. A partir del 30 de marzo de 2020, dicho aislamiento preventivo será indicado también a las personas procedentes de Tierra del Fuego.

Es importante recordar que la Ley 2611, en su artículo 4°, inciso K, señala: “Los pacientes tienen derecho a la intimidad y confidencialidad de los datos. En correspondencia con este derecho el servidor público debe indefectiblemente guardar y preservar el secreto profesional”.