Abrió una nueva inscripción al Procrear en Zapala

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, anunció que abrió una nueva inscripción para acceder a 635 viviendas de 37 Desarrollos Urbanísticos Procrear II, que se encuentran ubicados en 17 provincias del país.

Una vez más, Zapala será parte de esta inscripción, con viviendas ubicadas en el predio comprendido entre Bernardo Houssay, Perito Moreno, Liniers y Monteagudo.

Desde el lunes 2 de enero está disponible en la página web del Ministerio (www.argentina.gob.ar/hábitat) el formulario para que aquellos/as interesados en acceder a una unidad funcional puedan anotarse.

Los requisitos serán los de siempre: no haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez años; no tener, tanto el titular, como el cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.

Además, deberán contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite; ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país; tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción; acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.

Asimismo, se deberá presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder; demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente (entre 1 SMVyM y 10 SMVyM); los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada.

Del mismo modo, se deberá demostrar, como mínimo, doce meses de continuidad laboral registrada; no registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.

Para más información, consultar la página mencionada anteriormente.